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13/2009 de Reforma de la Ley Procesal

 
El pasado 4 de mayo, entró en vigor los cambios producidos en el marco jurídico empresa-trabajador a la hora de resolver los procedimientos de reclamación laboral en los Juzgados de lo Social.
Las modificaciones habidas surgen por lo prevenido  en la Ley 13/2009 de Reforma de la Ley Procesal, dando así paso a la agilización y mejora para las resoluciones de los conflictos en las relaciones laborales. Entre los principales cambios podemos destacar :
  • El mes de agosto es hábil para la resolución de conflictos laborales. Hasta ahora, el mes de agosto era inhábil para todos los procedimientos laborales y se computa como hábil en aquellos procedimientos  de despido y extinción  indemnizada del contrato, modificación sustancial de las condiciones de trabajo, derechos de conciliación, vacaciones, materia electoral, conflictos colectivos, impugnación de convenios, tutela de derechos de libertad sindical y otros derechos laborales.
  • Se elimina el acto de conciliación en procedimientos urgentes relativos a modificación sustancial en el contrato de trabajo, movilidad geográfica y derechos de conciliación familiar.
  • Se modifica el criterio de acumulación de procesos para evitar que se puedan dar sentencias contradictorias cuando los procesos judiciales lo motiven. Ejemplo de ello, no son acumulables procesos de modificación de contrato con procedimientos de movilidad geográfica.
  • Resolución indemnizada del contrato. A partir de ahora, el trabajador puede acumular la reclamación de cantidad a una demanda de extinción con indemnización del contrato cuando la causa es el impago o el retraso en el pago de salarios.

Se convierte este último punto en  uno de los puntos más importantes dado que el retraso continuado en el pago de nóminas puede generar que el trabajador solicite la indemnización completa del contrato de trabajo de manera conjunta con las nóminas adeudadas.
Todas estas medidas persiguen agilizar las reclamaciones de los trabajadores a las empresa.
 

 

 

 

 

   
   
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